La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha publicado una serie de recomendaciones sobre el uso de los drones en actividades de ocio o recreativas, con el objetivo de concienciar a la ciudadanía de que “los drones no son juguetes, son aeronaves” y hay que utilizarlos en los espacios adecuados y respetando las medidas de seguridad.
España cuenta desde hace un año con una normativa que regula el uso de los drones para actividades profesionales, que tienen que cumplir una serie de requisitos para poder operar con ellos. Sin embargo, el uso de estas aeronaves pilotadas por control remoto es cada vez más popular entre los ciudadanos para actividades lúdicas o deportivas y aunque los requisitos para operar son diferentes a los del uso profesional, también hay que cumplir una serie de requisitos de seguridad.
La Agencia recuerda que el uso de un dron como hobby o vuelo recreativo no necesita habilitación de AESA, pero sí debe cumplir las normas de seguridad. En ese sentido, la Agencia destaca que no se pueden volar drones en zonas urbanas y tampoco sobre aglomeraciones de personas, es decir, no se pueden volar drones en parques, playas, conciertos, bodas, manifestaciones, procesiones, etc.
Además, tampoco se pueden usar de noche, ni cerca de aeropuertos, aeródromos, helipuertos o donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura, como las zonas de parapente, ultraligeros, paracaidismo, etc.
También hay que tener en cuenta que la normativa europea establece que ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajenas.
La Agencia también destaca que aunque para usar un dron de forma lúdica no es necesario ser piloto, sí se debe saber volar con seguridad, porque además de que no se puede poner en peligro a las personas en tierra y a otras aeronaves, los daños que cause el dron son responsabilidad de quien lo maneja.
Finalmente, AESA recuerda que el uso imprudente de un dron puede tener consecuencias para otras personas y a la persona que pilote el dron de forma indebida se le pueden imponer multas de hasta 225.000 euros.